LAS
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA (NIA)
EN
BOLIVIA
En
nuestro país, varios intentos para
modernizar la realización de la práctica de la auditoría de los estados
financieros de las empresas, ha ido enfrentando una serie de dificultades,
creando en las empresas de auditoría y los profesionales un margen de
incertidumbre, respecto a la aplicación de Normas Internacionales de Auditoría
(NIA), de que “solo se deben aplicar en
ausencia de pronunciamientos técnicos específicos del país o reglamentaciones
locales sobre asuntos determinados”.
Al
presente no se ha emitido ningún pronunciamiento técnico sobre auditoría;
excepto, una comunicación sobre cómo proceder respecto a la: “Comunicación
entre el auditor predecesor y el auditor sucesor”, como resultado de la
aplicación de las NIA.
Hagamos
un poco de historia: El Colegio de Auditores y Contadores Públicos de Bolivia
(CAUB), mediante Resolución Nº 04/2010 de 27 de noviembre de 2010, en el marco
de la Convergencia de las Normas de Auditoría Bolivianas con la Normas
Internacionales de Auditoría, aprobó
promulgar y publicar la Resolución
No. 03/2010 de fecha 30 de octubre de 2010 del Consejo Técnico de Nacional de Auditoría
y Contabilidad (CTNAC), aprobó cumpliendo todas las instancias estatutarias
internas del CAUB y en consenso con la profesión contable boliviana, las Normas
de Auditoría - NA (Marco de referencia y 32 normas de auditoría) relacionadas
con auditorías y revisiones de información financiera histórica, en
convergencia con las Normas Internacionales de Auditoría (NIA); posteriormente,
el CTNAC mediante Resolución Nº 06/2011 de 8 de diciembre de 2011 aprobó ocho (8)
Declaraciones de Prácticas de Auditoría (DPA), dos (2) Normas de Trabajos de Revisión
(NTR), dos (2) Normas de Trabajos para Atestiguar (NTA) y dos (2) Normas de
Servicios Relacionados (NSR).
Las
mismas que tendrán vigencia y aplicación en todo el territorio nacional como
“Normas Generalmente Aceptadas” en Bolivia, y cuyo detalle es el siguiente:
MARCO DE REFERENCIA
1. MR: Marco
de referencia para trabajos para atestiguar.
NORMAS
DE AUDITORÍA
Nº Norma
de Auditoría
|
Contenido
|
NA 200
|
Objetivos y principios generales que
gobiernan una auditoría de estados financieros.
|
NA 210
|
Términos de los trabajos de auditoría
|
NA 220
|
Control de calidad de la auditoría de
información financiera histórica.
|
NA 230
|
Documentación de la auditoría.
|
NA 240
|
Responsabilidades del auditor de considerar
el fraude en una auditoría de estados financieros.
|
NA 250
|
Consideraciones de leyes, reglamentos en una auditoría de estados
financieros
|
NA 260
|
Comunicación de asuntos de auditoría con
los encargados del gobierno corporativo.
|
NA 300
|
Planeación de una auditoría de estados
financieros
|
NA 315
|
Entendimiento de la entidad y su entorno y
evaluación de los riesgos de presentación de errores de importancia relativa.
|
NA 320
|
Importancia relativa de la auditoría
|
NA 330
|
Procedimientos del auditor en respuesta a
los riesgos evaluados.
|
NA 402
|
Consideraciones de auditoría relativas a
entidades que utilizan organizaciones de servicios.
|
NA 500
|
Evidencia de auditoría
|
NC 501
|
Evidencia de auditoría - consideraciones
adicionales para partidas específicas.
|
NC 505
|
Confirmaciones siguientes externas
|
NC 510
|
Trabajos iniciales – balance de apertura
|
NC 520
|
Procedimientos analíticos
|
NC 530
|
Muestreo de auditoría y otros medios de
prueba
|
NC 540
|
Auditoría de estimaciones contables.
|
NC 545
|
Auditoría de mediciones y revelaciones de
valor razonable
|
NC 550
|
Partes relacionadas.
|
NC 560
|
Hechos posteriores.
|
NC 570
|
Negocio en marcha.
|
NC 580
|
Representaciones de la administración.
|
NC 600
|
Uso del trabajo de otro auditor
|
NC 610
|
Consideración del trabajo de auditoría
interna
|
NC 620
|
Uso del trabajo de un experto
|
NC 700
|
El dictamen del auditor independiente sobre
un juego completo los estados financieros de propósito general
|
NC 701
|
Modificaciones al dictamen del auditor
independiente
|
NC 710
|
Comparativos
|
NC 720
|
Otra información incluida en documentos que
contienen estados financieros auditados
|
NC 800
|
El dictamen del auditor sobre trabajos de auditoría
con propósito específico.
|
DECLARACIONES
DE PRÁCTICAS DE AUDITORÍA (8):
Declaración de
prácticas de
auditoría 1000
(DPA 1000):
|
Procedimientos de confirmación entre bancos.
|
Declaración de
prácticas de
auditoría 1004
(DPA 1004):
|
La
relación entre supervisores bancarios
y auditores externos de bancos.
|
Declaración de
prácticas de
auditoría 1005
(DPA 1005):
|
Consideraciones especiales en la
auditoría de entidades
pequeñas.
|
Declaración de
prácticas de
auditoría 1006
(DPA 1006):
|
Auditorías de los estados financieros de bancos.
|
Declaración de
prácticas de
auditoría 1010
(DPA 1010):
|
La consideración de asuntos
ambientales en la auditoría de
estados financieros.
|
Declaración de
prácticas de
auditoría 1012
(DPA 1012)
|
Auditoría de instrumentos financieros derivados
|
Declaración de
prácticas de
auditoría 1013
(DPA 1013):
|
Comercio electrónico – Efecto en la auditoría de
estados financieros
|
Declaración de
prácticas de
auditoría 1014
(DPA 1014):
|
Informes de los auditores en cumplimiento con normas de información
financiera.
|
TRABAJOS DE REVISION (2):
Norma de trabajo
para revisión
2400 (NTR 2400):
|
Trabajo para revisar estados financieros.
|
Norma de trabajo para revisión 2410 (NTR 2410):
|
Revisión de información
financiera intermedia
desempeñada por el auditor independiente de la entidad.
|
TRABAJOS
PARA ATESTIGUAR (2):
Norma de trabajos
para atestiguar
3000 (NTA 3000):
|
Trabajos para atestiguar distintos de auditorías o
revisiones de información financiera histórica
|
Norma de trabajos
para atestiguar
3400(NTA
3400):
|
El examen de información financiera prospectiva.
|
SERVICIOS RELACIONADOS (2):
Norma de
servicios relacionados
4400 (NSR 4400):
|
Trabajos para realizar procedimientos contenidos respecto de
información financiera.
|
Norma de
servicios relacionados
4410 (NSR 4410):
|
Trabajos para compilar información financiera.
|
Mediante Resolución del CTNAC Nº 06/2010 de 30de octubre de 2010, se aprobó la Norma
de Control de Calidad para Firmas que Desempeñan Auditorías de y Revisiones de
Información Financiera Histórica y otros
Trabajos para Atestiguar y de Servicios Relacionados en Bolivia, en
convergencia con la Norma Internacional de Control de Calidad de IFAC.
EL OBJETIVO DE LAS NIA
Las NIAs son emitidos por la International Auditing and Assurance
Standards Board (IAASB), una junta independiente auspiciada por IFAC.
La IAASB sirve al interés público mediante:
- El
establecimiento, de manera independiente y por su propia autoridad, normas
de alta calidad que se refieran a la auditoría, revisión, otro
aseguramiento, control de calidad y servicios relacionados.
- Permitiendo
facilitar la convergencia entre las normas nacionales y las normas internacionales.
Esto contribuye a mejorar la calidad y la uniformidad de las
prácticas en esas áreas en todo el mundo, y fortalece la confianza del público
en la información financiera.
Las NIAs nacieron en los años 1970 como fruto del esfuerzo de
unificación y estandarización de las metodologías de auditoría, hasta entonces
guiadas por las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA).
Dado que la auditoría de estados financieros, ahora se da en un
contexto de aseguramiento de la información, muchos prefieren utilizar la
expresión “Estándares Internacionales de Aseguramiento” para abarcar tanto la
auditoría, como la revisión y los otros servicios relacionados con el
aseguramiento.
Para entender plenamente las NIAs y poderlos aplicar con
efectividad, es importante tener bien claro cómo ha ido cambiando la auditoría;
históricamente se distinguen claramente tres esquemas de auditoría:
a.
Inicialmente
fue entendida como revisión (comprobación
al 100%).
b.
Luego
evolucionó hacia atestación (muestreo
selectivo).
c.
Ahora lo está
haciendo hacia aseguramiento (administración
de riesgos).
El alcance de los esquemas de auditoría, también fue
evolucionando, tal como se expone a continuación:
a.
Las
prácticas de revisión generalmente
se basaron en ensayo y error, en una relación de confianza entre el propietario
y el auditor.
b.
Las
prácticas de atestación se basaron
en el muestreo selectivo (estadístico y no-estadístico), en una relación de fe
pública entre el propietario y el administrador, siendo el auditor el tercero
garante a nombre de y para el Estado.
c.
Las
prácticas de aseguramiento se basan
en la administración de riesgos (principalmente riesgos de negocio), en una
relación de independencia entre el auditor y el auditado, en aras del interés
público.
¿Qué comprenden las NIA en la
actualidad?
Incluye:
1.
Unos fundamentos o respaldos (Prefacio,
Estructura Conceptual, Glosario, Código de Ética).
Si bien éstos no son propiamente
“normas de auditoría”, constituyen la base para su implementación,
interpretación y explicación.
2.
Las normas internacionales sobre control de calidad.
Como se privilegia la calidad y no la norma, entonces estas normas adquieren
una preeminencia que se destaca.
A la fecha solamente se ha
emitido uno, relacionado con la calidad de las firmas que desempeñan estos
servicios profesionales, el ISQC1.
3.
Las normas internacionales de auditoría propiamente
tales (NIA), referidos a las auditorías de información financiera histórica y
clasificados en 6 grupos, así:
·
Principios y
responsabilidades generales
·
Valoración del
riesgo y respuesta a los riesgos valorados
·
Evidencia de
auditoría
·
Uso del
trabajo de otros
·
Conclusiones
de auditoría y presentación de reportes de auditoría
·
Áreas
especializadas
4. Normas referidas a las
auditorías y revisiones de información financiera histórica:
·
Normas internacionales
sobre compromisos de revisión (ISRE/ NITR)
5.
Normas referidos a los compromisos de aseguramiento diferentes a las
auditorías o revisiones de información financiera histórica: Normas internacionales sobre
compromisos de aseguramiento (ISAE)
6.
Normas internacionales sobre servicios relacionados
(ISRS/NISR).
Esta clasificación responde a cómo se entiende el aseguramiento,
donde la auditoría da seguridad razonable de nivel alto y donde las revisiones
dan seguridad razonable de nivel medio, o más precisamente compromisos de
seguridad razonable y compromisos de seguridad limitada.
¿Cuál es el objetivo de la auditoría
de estados financieros?
El objetivo de una auditoría es aumentar el grado de confianza de
los usuarios en los estados financieros. El término “estados financieros”
normalmente se refiere a un conjunto completo de estados financieros
establecido por los requerimientos de las normas contables aplicables, pero
también puede referirse a un solo estado financiero. Su presentación incluye
notas explicativas, cuya finalidad es la de informar sobre los recursos
económicos y las obligaciones de una entidad en un momento determinado o sobre
los cambios registrados en ellos en un periodo de tiempo, de conformidad con un
marco de información financiera aplicable. Las notas explicativas normalmente
incluyen un resumen de las políticas contables significativas y otra
información explicativa.
El objetivo de la auditoría, se logra mediante la expresión, por
parte del auditor, de una opinión sobre si los estados financieros han sido
preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con un marco de
información financiera aplicable, o normas
contables.
En la mayoría de las normas contables con fines generales, dicha
opinión se refiere a si los estados financieros expresan la imagen fiel o se
presentan fielmente, en todos los aspectos materiales, de conformidad con
dichas normas.
Una auditoría realizada de conformidad con las NIA y con los
requerimientos de ética aplicables permite al auditor formarse dicha opinión.
Las NIA no imponen responsabilidades a la dirección o a los
responsables de la empresa y no invalidan las disposiciones legales y
reglamentarias que rigen sus responsabilidades.
No obstante, una auditoría de conformidad con las NIA se realiza
partiendo de la premisa de que la dirección y, cuando proceda, los responsables
de la empresa, han reconocido que tienen determinadas responsabilidades que son
fundamentales para realizar la auditoría.
La auditoría de los estados financieros no exime a la dirección o
a los responsables de la empresa de sus responsabilidades.
Las NIA requieren que el auditor obtenga una alta seguridad
razonable de que los estados financieros en su conjunto están libres de
incorrección material, debida a fraude o error.
Esta seguridad se alcanza cuando el auditor ha obtenido evidencia
de auditoría suficiente y competente para reducir el riesgo de auditoría, es
decir, el riesgo de que el auditor exprese una opinión inadecuada cuando los
estados financieros contengan incorrecciones materiales, a un nivel
aceptablemente bajo.
No obstante, una seguridad razonable no significa un grado
absoluto de seguridad, debido a que existen limitaciones inherentes a la auditoría
que hacen que la mayor parte de la evidencia de auditoría a partir de la cual
el auditor alcanza conclusiones y en la que basa su opinión sea más convincente
que concluyente.
Las NIA requieren que el auditor aplique su juicio profesional y
mantenga un escepticismo profesional durante la planificación y ejecución de la
auditoría y, entre otras cosas:
- Identifique
y valore los riesgos de incorrección material, debida a fraude o error, basándose
en el conocimiento de la entidad y de su entorno, incluido el control
interno de la entidad.
- Obtenga
evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si existen
incorrecciones materiales, mediante el diseño y la implementación de
respuestas adecuadas a los riesgos valorados.
- Se
forme una opinión sobre los estados financieros basada en las conclusiones
alcanzadas a partir de la evidencia de auditoría obtenida.
Los objetivos globales del auditor son:
- La
obtención de una seguridad razonable de que los estados financieros en su
conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error,
que permita al auditor expresar una opinión sobre si los estados
financieros están preparados, en todos los aspectos materiales, de
conformidad con normas contables aplicables; y
- La
emisión de un informe sobre los estados financieros, y el cumplimiento de
los requerimientos de comunicación contenidos en las NIA, a la luz de los
hallazgos del auditor.
En todos los casos en los que no pueda obtenerse una seguridad
razonable y, dadas las circunstancias, una opinión con salvedades en el informe
de auditoría no sea suficiente para informar a los usuarios de los estados
financieros, las NIA requieren que el auditor deniegue la opinión o que
renuncie al encargo (o dimita), si las disposiciones legales o reglamentarias
aplicables así lo permiten.
La opinión del auditor sobre los estados financieros se refiere a
si los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales,
de conformidad con las normas contables aplicables.
Dicha opinión es común a todas las auditorías de estados
financieros.
La opinión del auditor, por lo tanto, no asegura, por ejemplo, la
viabilidad futura de la entidad ni la eficiencia o eficacia con la que la
dirección ha gestionado la actividad de la entidad.
Aunque las NIA incluyen requerimientos y orientaciones en relación
con dichas cuestiones, en la medida en que sean relevantes para la formación de
una opinión sobre los estados financieros, si el auditor tuviese la
responsabilidad adicional de proporcionar dichas opiniones sería necesario que
realizase trabajo suplementario.
Las disposiciones legales o reglamentarias pueden establecer las
responsabilidades de la dirección y, cuando proceda, de los responsables de la
empresa en relación con la información financiera.
Una auditoría de conformidad con las NIA se realiza partiendo de
la premisa de que la dirección y, cuando proceda, los responsables de la
empresa, han reconocido y comprenden que son responsables:
a.
De la
preparación de los estados financieros de conformidad con las normas contables
aplicables, así como, en su caso, de su presentación fiel;
b.
Del control
interno que la dirección y, cuando proceda, los responsables de la empresa consideren
necesario para permitir la preparación de estados financieros que estén libres
de incorrección material, debida a fraude o error; y
c.
De
proporcionar al auditor:
·
Acceso a
toda la información de la que tengan conocimiento la dirección y, cuando
proceda, los responsables del gobierno de la entidad y que sea relevante para
la preparación de los estados financieros, tal como registros, documentación y
otro material;
·
Información
adicional que pueda solicitar el auditor a la dirección y, cuando proceda, a
los responsables del gobierno de la entidad para los fines de la auditoría; y
·
Acceso
ilimitado a las personas de la entidad de las cuales el auditor considere
necesario obtener evidencia de auditoría.
¿Cuáles son los riesgos de
auditoría?
El riesgo de auditoría es función del riesgo de incorrección
material y del riesgo de detección. La valoración de los riesgos se basa en los
procedimientos de auditoría aplicados para obtener información necesaria con
dicho propósito y en la evidencia obtenida durante toda la auditoría.
La valoración de riesgos es una cuestión de juicio profesional,
más que una cuestión que pueda medirse con precisión.
A efectos de las NIA, el riesgo de auditoría no incluye el riesgo
de que el auditor pueda expresar la opinión de que los estados financieros
contienen incorrecciones materiales cuando no es así.
Por lo general, este riesgo es insignificante. Además, el riesgo
de auditoría es un término técnico relacionado con el proceso de la auditoría,
y no se refiere a los riesgos de la actividad del auditor.
Riesgos de incorrección material
Los riesgos de incorrección material pueden estar relacionados
con:
- Los
estados financieros en su conjunto; y
- Las
afirmaciones sobre determinados tipos de transacciones, saldos contables e
información a revelar.
Los riesgos de incorrección material en los estados financieros en
su conjunto se refieren a los riesgos de incorrección material que conciernen
de manera generalizada a los estados financieros en su conjunto y que afectan
potencialmente a muchas de las afirmaciones.
Los riesgos de incorrección material en las afirmaciones se
valoran con el fin de determinar la naturaleza, momento de realización y
extensión de los procedimientos de auditoría posteriores necesarios para
obtener evidencia de auditoría suficiente y competente.
Riesgo de detección
Para un determinado nivel de riesgo de auditoría, el nivel
aceptable de riesgo de detección es inversamente proporcional a los riesgos
valorados de incorrección material en las afirmaciones.
Por ejemplo, cuanto mayor sea en opinión del auditor el riesgo de
incorrección material, menor será el riesgo de detección aceptable y, en
consecuencia, la evidencia de auditoría requerida por el auditor deberá ser más
convincente.
El riesgo de detección está relacionado con la naturaleza, momento
de realización y extensión de los procedimientos de auditoría que el auditor
determine con el fin de reducir el riesgo de auditoría a un nivel
aceptablemente bajo.
El riesgo de detección, es función de la eficacia de un
procedimiento de auditoría y de su aplicación por el auditor.
Cuestiones como:
·
Una
planificación adecuada;
·
Una adecuada
asignación de personal al equipo de trabajo;
·
La
aplicación del escepticismo profesional; y
·
La
supervisión y revisión del trabajo de auditoría realizado, contribuyen a mejorar la eficacia de un
procedimiento de auditoría y de su aplicación y reducen la posibilidad de que
el auditor pueda elegir un procedimiento de auditoría inadecuado, aplicar
incorrectamente un procedimiento de auditoría adecuado o malinterpretar los
resultados de la auditoría.
La aplicación de las NIA nos conduce por este camino, donde los
profesionales y las empresas se benefician con su alcance y los servicios que
esta le brinda, en pos de ofrecer a los usuarios un alto nivel de confiabilidad
y transparencia, de la información financiera.
La realidad actual, sobre la vigencia de las NIA, está expresada,
en la Resolución que se menciona a continuación.
Resolución Nº 002/1012 de 07 de
noviembre de 2012
En los Considerandos menciona que las Normas de Auditoría
aprobadas: “..han quedado
sustancialmente desactualizadas con respecto a la Normas Internacionales de Auditoría
– NIA en vigencia, situación que no permite el adecuado proceso de adopción y
aplicación de las normas internacionales, por lo que es menester proceder con
la abrogación de las mencionadas resoluciones, dejando sin efecto las normas
desarrolladas en convergencia, manteniendo vigente para Bolivia la cualidad de
adopción de las Normas Internacionales de Auditoría – NIA, para su aplicación en
ausencia de pronunciamientos técnicos específicos del país o reglamentaciones
locales sobre asuntos determinados.”
La resolución decide mantener la vigencia de las cinco (5) Normas
de Auditoría Generalmente Aceptadas para Bolivia que son:
·
NA Nº 1:
Normas básicas de auditoría de estados financieros
·
NA Nº 2:
Normas relativas a la emisión de dictámenes
·
NA Nº 3:
Planificación del trabajo de auditoría
·
NA Nº 4:
Norma relativa a la emisión de informes con propósitos tributarios
·
NA Nº 5:
Documentos del auditor
Ratifica la adopción en Bolivia
de las Normas Internacionales de Auditoría – NIA, para su aplicación únicamente
en ausencia de pronunciamientos técnicos específicos del país o
reglamentaciones locales sobre asuntos determinados. Señalando, que al no contar
en el país con suficientes pronunciamientos técnicos de auditoría y
aseguramiento específicos en las actuales Normas de Auditoría nacionales, se
adopta sustancialmente las Normas Internacionales de Auditoría – NIA vigentes
en idioma español. Por lo tanto, cuando corresponda, las NIA se deben aplicar
con toda rigurosidad sobre objetivos y principios generales que gobiernan una
auditoría de estados financieros, describiendo la responsabilidad de la
administración por la preparación y preservación de los estados financieros y
por la identificación de un marco de referencia de información financiera que
se ha de usar para preparar los estados financieros.
Resolución CTNAC Nº 01/2015, de
23 de julio de 2015
Esta Resolución señala ente sus aspectos fundamentales:
1.
Ratificar la
vigencia de la Norma de Auditoria Nº 1 “Normas Básicas de Auditoria de Estados
Financieros”, y precisa que los encargos de auditoría financiera, se deben
desarrollar con base a “Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas en Bolivia”.
2.
Abrogó las
Normas de Auditoria Nº 2, Nº 3, Nº 4 y Nº 5, que todavía tendrán vigencia,
hasta el 31 de diciembre de 2016.
3.
Adoptar las
NIA, para su aplicación plena a partir de 01 de enero de 2017, que comprenden
Marco Internacional de Encargos de Encargos de Revisión, Normas Internacionales
de Aseguramiento y Normas Internacionales de Servicios Relacionados, vigentes y
emergentes, permitiéndose su aplicación
anticipada.
A MANERA DE CONCLUSION
Del desarrollo efectuado podemos concluir:
1. la Resolución Nº 04/2010
de 27 de noviembre de 2010, implico un avance significativo en el ejercicio de
la profesión, quizá el intento más serio para encausar la actividad. El
contenido de esta Resolución, se tradujo con la impresión del juego completo de
las normas vigentes al año 2008. Su error estuvo en no prever que las normas
son actualizadas en forma periódica, de manera tal que quedaron desactualizadas
por el paso del tiempo.
2. La
Resolución CTNAC Nº
01/2015, abrogó las Normas de Auditoría Nº 2, Nº 3, Nº 4 y Nº 5; sin mayores
consideraciones sobre las razones de tal medida. Al margen de este hecho
considero adecuada la decisión; sin embargo, como todavía está vigente la Norma
de Auditoria Nº 1, la justificación de las razones de esta decisión, son
imperiosas, más en el caso de esta norma cuyo alcance y contenido, está
reflejado de manera amplia en las NIA.
3. Las NIA son un juego completo de
requerimientos para la práctica de la auditoría y el Consejo de Normas
Internacionales de Auditoría y Aseguramiento, recomienda su aplicación plena e
integra, cuando se menciona que la auditoría fue practicada de acuerdo con las
NIA. La aprobación del alcance mencionada en la Resolución, citada
anteriormente, es parcial, conforme se puede evidenciar con el contenido de las
NIA, que se mencionan líneas posteriores.
4. La Resolución citada establece que las NIA se debe aplicar con
toda rigurosidad en su integridad sobre
los objetivos y principios que gobiernan la realización de la auditoría de
estados financieros y la consideración de las responsabilidades inherentes de
la empresa, sobre dichos estados. Los beneficiados con esta medida son sin
lugar a dudas las empresas y la profesión, por cuanto se podrá contar con
informes de auditoría transparentes y confiables,
5. La responsabilidad de la divulgación
y capacitación sobre el contenido de las NIA es de los colegios de
profesionales y las universidades que cuentan con las carreras de Contaduría
Pública.
Para una adecuada comprensión del alcance de las NIA, se acompaña
las vigentes, en idioma ingles la 31 de
diciembre de 2015, que presentan cambios y mejoras respecto de las emisiones
anteriores.
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA Y CONTROL
DE CALIDAD
PARTE I
NORMAS INTERNACIONALES DE CONTROL DE CALIDAD
(NICC)
Norma Internacional de Control de
Calidad (NICC) 1, Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan
auditorías y revisiones de estados financieros, así como otros encargos que
proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados.
TÍTULO
|
Cambios
con respecto a la edición anterior
|
Roles
del IFAC
|
Estructura
de los Pronunciamientos
|
Prefacio
|
Glosario
de Términos
|
NORMAS INTERNACIONALES DE CONTROL
DE CALIDAD (NICC) (1)
TÍTULO
|
Control de calidad en las firmas de auditoría que realizan
auditorias y revisiones de estados financieros, así coma otros
encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados
|
AUDITORÍAS
DE INFORMACIÓN FINANCIERA HISTÓRICA
200 – 299
PRINCIPIOS GENERALES Y RESPONSABILIDADES (8)
NIA
|
TÍTULO
|
200
|
Objetivos globales del auditor
independiente y realización de la auditoría de conformidad con las Normas
Internacionales de Auditoría
|
210
|
Acuerdo de los términos del encargo de
auditoría
|
220
|
Control de calidad de la auditoría de
estados financieros
|
230
|
Documentación de auditoría
|
240
|
Responsabilidades del auditor en la
auditoría de estados financieros con respecto al fraude
|
250
|
Consideración de las disposiciones legales
y reglamentarias en la auditoría de estados financieros
|
260
|
Comunicación con los responsables del gobierno
de la entidad
|
265
|
Comunicación de las deficiencias en el
control interno a los responsables del gobierno y a la dirección de la
entidad
|
300 – 499 EVALUACIÓN DEL RIESGO Y
RESPUESTA A LOS RIESGOS DETERMINADOS (6)
NIA
|
TÍTULO
|
300
|
Planificación de la auditoría de estados
financieros
|
315
|
Identificación y valoración de los riesgos
de incorrección material mediante el conocimiento de la entidad y de su
entorno
|
320
|
Importancia relativa o materialidad en la
planificación y ejecución de la auditoría
|
330
|
Respuestas del auditor a los riesgos
valorados
|
402
|
Consideraciones de auditoría relativas a
una entidad que utiliza una organización de servicios
|
450
|
Evaluación de las incorrecciones
identificadas durante la realización de la auditoría
|
500 – 599 EVIDENCIA DE AUDITORÍA
(11)
NIA
|
TÍTULO
|
500
|
Evidencia de auditoría
|
501
|
Evidencia de auditoría – Consideraciones
específicas para determinadas áreas
|
505
|
Confirmaciones externas
|
510
|
Encargos iniciales de auditoría – Saldos de
apertura
|
520
|
Procedimientos analíticos
|
530
|
Muestreo de auditoría
|
540
|
Auditoría de estimaciones contables,
incluidas las de valor razonable, y de la información relacionada a revelar
|
550
|
Partes vinculadas
|
560
|
Hechos posteriores al cierre
|
570
|
Empresa en funcionamiento
|
580
|
Manifestaciones escritas
|
600 – 699 UTILIZACIÓN DEL TRABAJO
DE TERCEROS (3)
NIA
|
TÍTULO
|
600
|
Consideraciones especiales –
Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los
auditores de los componentes)
|
610
|
Utilización del trabajo de los auditores
internos
|
620
|
Utilización del trabajo de un experto del
auditor
|
700 – 799 CONCLUSIONES Y DICTAMEN
DE AUDITORÍA (5)
NIA
|
TÍTULO
|
700
|
Formación de la opinión y emisión del
informe de auditoría sobre estados financieros
|
705
|
Opinión modificada en el informe emitido
por un auditor independiente
|
706
|
Párrafos de énfasis y párrafos sobre otras
cuestiones en el informe emitido por un auditor independiente
|
710
|
Información comparativa – Cifras
correspondientes de períodos anteriores y estados financieros comparativos
|
720
|
Responsabilidad del auditor con respecto a
otra información incluida en los documentos que contienen los estados
financieros auditados
|
800 – 899 ÁREAS ESPECIALIZADAS (3)
NIA
|
TÍTULO
|
800
|
Consideraciones
especiales – Auditorías de estados financieros preparados de conformidad con
un marco de información con fines específicos
|
805
|
Consideraciones
especiales – Auditorías de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta
o partida, específicos de un estado financiero
|
810
|
Encargos
para informar sobre estados financieros resumidos
|
NOTAS INTERNACIONALES DE
PRÁCTICAS DE AUDITORÍA (IAPN)
IAPN
|
TÍTULO
|
1000
|
Consideraciones Especiales en la Auditoría
de Instrumentos Financieros
|
|
Modificaciones de Adaptación a Otras NIAS
|
NORMAS REVISADAS, TODAVÍA NO
EFECTIVAS
NIA
|
TÍTULO
|
260 REVI-SADA
|
Comunicación con los responsables del
gobierno de la entidad
|
570 REVI-SADA
|
Empresa en funcionamiento
|
700 REVI-SADA
|
Formación de la opinión y emisión del
informe de auditoría sobre estados financieros
|
701
|
Modificaciones al Dictamen del Auditor
Independiente
|
705 REVI-SADA
|
Opinión modificada en el informe emitido
por un auditor independiente
|
706 REVI-SADA
|
Párrafos de énfasis y párrafos sobre otras
cuestiones en el informe emitido por un auditor independiente
|
720 REVI-SADA
|
Responsabilidad del auditor con respecto a
otra información incluida en los documentos que contienen los estados
financieros auditados
|
|
Modificaciones de Adaptación a Otras NIAS
|
PARTE II
MANUAL DE PRONUNCIAMIENTOS INTERNACIONALES DE
CONTROL DE CALIDAD, AUDITORÍA, REVISIÓN, OTROS TRABAJOS PARA ATESTIGUAR Y
SERVICIOS RELACIONADOS
AUDITORÍAS Y
REVISIONES DE INFORMACIÓN FINANCIERA HISTÓRICA
TÍTULO
|
Marco Internacional para Encargos de
Fiabilidad
|
2000 – 2699 Normas Internacionales
de Trabajos de Revisión - ISRE
ISRE
|
TÍTULO
|
2400
|
Trabajos para revisar estados financieros
(antes NIA 910)
|
2410
|
Revisión de información financiera
intermedia realizada por el auditor independiente de la entidad
|
TRABAJOS
PARA ATESTIGUAR DISTINTOS DE AUDITORÍAS O REVISIONES DE INFORMACIÖN HISTÓRICA
3000 –
3699 Normas Internacionales de Trabajos para Atestiguar - ISAE
3000 –
3399 Normas Internacionales de Trabajos para Atestiguar – ISAE
ISAE
|
TÍTULO
|
3000
|
Trabajos para atestiguar distintos de
auditorías o revisiones de información financiera histórica
|
3400 – 3699 NORMAS PARA TEMAS
ESPECÍFICOS
ISAE
|
TÍTULO
|
3400
|
El examen de la información financiera
prospectiva (Antes NIA 810)
|
3402
|
Informes de atestiguamiento sobre los
controles de una organización de servicios
|
3410
|
Trabajos para atestiguar sobre las
declaraciones de gases de invernadero
|
3420
|
Trabajos de aseguramiento para
informar sobre la compilación de información financiera pro forma incluidos
en un folleto
|
SERVICIOS RELACIONADOS
4000 –
4699 Normas internacionales de servicios relacionados – ISRS
ISRS
|
TÍTULO
|
4400
|
Trabajos para realizar procedimientos
convenidos, relativos a la información financiera (Antes NIA 920)
|
4410
|
Trabajos para compilar información financiera
(Antes NIA 930)
|
NORMAS
REVISADAS, TODAVÍA NO EFECTIVAS
3000 –
3699 Normas Internacionales de Trabajos para Atestiguar - ISAE
3000 -
3399 Normas Internacionales de Trabajos
para Atestiguar - ISAE
ISRS
|
TÍTULO
|
2400
REVISADA
|
Trabajos para revisar estados financieros
(antes NIA 910)
|
3000 REVISADA
|
Trabajos para atestiguar distintos de
auditorías o revisiones de información financiera histórica
|
3400 - 3699 NORMAS PARA TEMAS ESPECÍFICOS
TÍTULO
|
Conforme a Modificaciones de Otras NIAs
|
PARTE III
COMPLEMENTO
AL MANUAL DE PRONUNCIAMIENTOS INTERNACIONALES SOBRE CONTROL DE CALIDAD,
AUDITORÍA, REVISIÓN, OTRO ASEGURAMIENTO Y SERVICIOS RELACIONADOS
CONTENIDO
ITEM
|
TÍTULO
|
|
Introducción
|
|
Visión General
|
1
|
Factores de Insumo
|
2
|
Factores de Proceso
|
3
|
Factores de Resultados
|
4
|
Interacciones
Clave dentro de la Cadena de Suministro de Información Financiera
|
5
|
Factores Contextuales
|
Apéndice 1
|
La Complejidad de Definir
Auditoría de Calidad
|
Apéndice 2
|
Atributos
de Calidad de Factores de Insumo y de Proceso
|
MARCO INTERNACIONAL PARA TRABAJOS DE
ASEGURAMIENTO
ITEM
|
TÍTULO
|
|
Introducción
|
|
Principios Éticos y Normas de
Control de Calidad
|
|
Descripción de los Trabajos de
Aseguramiento
|
|
Trabajos para Atestiguar y
Trabajos Directos
|
|
Trabajos
de Aseguramiento Razonable y Trabajos de Aseguramiento Limitado
|
|
Alcance del Marco
|
|
Informes sobre Trabajos
Distintos a Aseguramiento
|
|
Condiciones Previas para un
Trabajo de Aseguramiento
|
|
Elementos de un Trabajo de
Aseguramiento
|
|
Relación Tripartita
|
|
Tema Subyacente
|
|
Criterios
|
|
Evidencia
|
|
Informe de Aseguramiento
|
|
Otros Asuntos
|
|
Uso Inapropiado del Nombre del
Profesional
|
Apéndice 1
|
Pronunciamientos Emitidos por
IAASB y su Relación Entre Sí y el Código IESBA
|
Apéndice 2
|
Trabajos para Atestiguar y
Trabajos Directos
|
Apéndice 3
|
Las Partes en un Trabajo de
Aseguramiento
|
Apéndice 4
|
Clasificación de Temas
Subyacentes
|